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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1803
SUSPENSION, CUANDO DEBE ESTIMARSE QUE AFECTA EL INTERES GENERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1803
No basta que la autoridad cite en apoyo el acto reclamado en el amparo, una ley que interesa a la comunidad, para negar por ese motivo la suspensión, sino que es preciso que el acto mismo interese a la comunidad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1143/39. García y García Valeria. 4 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.