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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1895
TABACOS LABRADOS, SUSPENSION CONTRA LOS ACTOS QUE IMPIDEN SU VENTA DIRECTAMENTE A LOS CONSUMIDORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1895
Procede conceder la suspensión definitiva contra la aplicación de los artículos 20, 21, 22, fracción XV, y 23, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre Tabacos Labrados, por cuanto con dicha aplicación se prohibe a los quejosos la venta de tabaco en rama, a sus consumidores; pues de negarse la medida, se causarían perjuicios positivos y de difícil reparación a los mismos quejosos, ya sea que al obedecer la ley tengan que cesar en sus actividades o ya que, al desacatarla, incurran en la multa que la misma señala.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 127/39. Compañía Tabaquera Internacional, S. A. y coagraviado. 7 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Agustín Gómez Campos.