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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2387
MINAS, NECESIDAD DE CONCESION PARA LA EXPLOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2387
De acuerdo con los artículos 27 constitucional, fracción I, y 4o. de la Ley Minera, la explotación de minas, aguas o combustibles minerales esta sujeta al régimen de concesión; de manera que ningún particular puede explotar un fundo minero sin contar con la concesión respectiva, ni la autoridad puede autorizar esa explotación sino mediante, el otorgamiento del título correspondiente, con estricto apego al procedimiento del caso, en el cual es requisito esencial la presentación de una solicitud sobre terreno no libre.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 521/39. Genty Alberto. 14 de noviembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.