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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 4194
BONOS DE LA DEUDA AGRARIA, AMPARO CONTRA EL DECRETO DE 29 DE DICIEMBRE DE 1928.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 4194
El Decreto de 12 de junio de 1925 establece incuestionablemente, dos derechos a favor de los tenedores de bonos de la deuda agraria, consistentes en percibir el valor de los bonos, y en percibirlo dentro del plazo de veinte años. Ahora bien, el Decreto de 29 de diciembre de 1928, no modifica ni altera en lo más mínimo estos derechos, pues la reforma que establece es puramente formal y no afecta al fondo, ya que sólo se refiere al procedimiento que ha de emplearse para la amortización.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3120/39. Herrasti Salvador. 10 de marzo de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.