Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/329886
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 301
COLONIZACION, SUSPENSION CONTRA LA LEY FEDERAL DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 301
Es improcedente conceder la suspensión contra la aplicación de la ley de colonización, por ser un ordenamiento de interés público, que tiene a cumplimentar uno de los propósitos primordiales de la Constitución, o sea, la distribución equitativa de la riqueza y el fomento de la agricultura, y porque la suspensión no procede contra las leyes que, con ésta, reglamentan la ocupación de la propiedad privada, por causa de utilidad pública, puesto que estrictamente considerada dicha ley, viene a ser la reglamentación de las facultades que el artículo 27 constitucional concede al Gobierno de la Federación, para determinar los casos en que sea de utilidad pública ocupar la propiedad particular.
Precedentes
Tomo LXI, página 5411. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 121/39. Chávez Hayhoe Luis. 22 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos en cuanto a sus puntos resolutivos, mayoría de tres votos en relación a sus fundamentos. Relator: Fernando López Cárdenas.
Tomo LXI, página 301. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4135/38. Banco Nacional de Crédito Agrícola, S. A. 8 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.