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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 454
EXPROPIACION, JUSTIFICACION DE LA UTILIDAD PUBLICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 454
La necesidad a que se refiere la ley, de expropiar un bien, no puede estribar en que no haya otros bienes que puedan se expropiados para satisfacer la utilidad publica, sino que esta no puede satisfacerse sino mediante un acto expropiatorio; por tanto, no es motivo para conceder el amparo contra una expropiación que, para llenar el fin, se pueden expropiar otros bienes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1609/39. Marín Alejandro Feliciano y coagraviados. 11 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.