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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 468
NAYARIT, DECRETO 1822 DEL ESTADO DE, SOBRE COOPERATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 468
Del estudio de los preceptos del Decreto número 1822 del Estado de Nayarit, se desprende que el amparo pedido contra él, es improcedente, por no traer en sí principio ejecución, con excepción del artículo 88, en los casos expresamente señalados por él.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1315/39. Aldrete José y coagraviados. 11 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.