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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 824
PAN, SUSPENSION EN CASO DE ACUERDOS RELATIVOS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 824
Es improcedente conceder la suspensión contra la aplicación del acuerdo que, aun cuando no constituye propiamente un reglamento, tiende a aplicar el artículo 28 constitucional, en lo que se refiere a la venta de pan, por interesar a la sociedad que las disposiciones sobre el particular, no se suspenden, cuando tienden a evitar que algunos comerciantes de artículos de primera necesidad, queden en situación de privilegio, respecto a los demás.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1075/39. Fernández Getino Adolfo. 19 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.