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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1147
AGUAS, SISTEMA DE RIEGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1147
Si el sistema de riego en el que se emplea una presa es mixto, pues lo aprovechan ejidatarios y particulares, es la secretaria de agricultura la única autoridad competente para resolver acerca de si debe hacerse uso de dicha presa, como servidumbre para derivación de las aguas de otra, y resuelto esto, las autoridades agrarias no pueden dictar órdenes en contrario, pues es manifiesta su incompetencia para ello.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8454/38. Gutiérrez Hermosillo Sabás. 25 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.