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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1154
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1154
Del artículo 107 de la Ley de Amparo, se deduce la regla general de que no sólo las autoridades responsables sino cualquiera otra que intervenga en la ejecución, son responsables del exacto y debido cumplimiento del fallo que concede la protección federal.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 227/39. G. de Velázquez Paulina y coagraviados. 25 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.