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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1225
EXPROPIACION EN VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1225
Si el afectado, al tener conocimiento de la tramitación de un expediente de expropiación, basado en la ley número 323 del Estado de Veracruz sabía que le sería notificada la resolución final, en la forma que autoriza dicha ley, no puede después, alegar que esa notificación es ilegal y, por lo tanto que no le ha corrido el término legal para interponer amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1915/39. Vázquez Manuel. 26 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. La publicación no menciona el nombre del ponente.