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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
329940
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1365

COMERCIO, SUSPENSION EN CASO DE CLAUSURA DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1365

Precedentes

Tomo LXI, página 5413. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1608/39. Vega Aurora de la. 28 de julio de 1939. Mayoría de tres votos. Disidente: Agustín Gómez Campos y Abenamar Eboli Paniagua. Ponente: José M. Truchuelo. Tomo LXI, página 1365. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6744/38. Curiel José G. 28 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo. Ver Jurisprudencia Número 13, Página 30, Tomo Común, Octava Parte.
Registro digital (IUS): 329940