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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1769
PETROLEOS, TRASPASO DE CONCESIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1769
Si el convenio celebrado por el Gobierno Federal con una persona, respecto de un fondo petrolífero, así como sus adiciones y reformas, no habían empezado a surtir efectos legales cuando el concesionario hizo un traspaso, dichos convenio y adiciones y reformas no pueden servir de base para hacer la expresada transmisión de derechos y por tanto el cesionario, ningunos derechos adquirió, razón por la que el acuerdo relativo a los fundos respectivos no puede violar sus garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2187/38. Richmond Petroleun Company of México, S. A. 3 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.