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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2331
EXPROPIACION, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2331
Si de las constancias de autos no aparece que los actos que se reclaman se dictaron y se están llevando a cabo aplicando la respectiva Ley de Expropiación por causa de utilidad pública, no puede decirse que el caso no reúna el requisito de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo y por tanto, la suspensión debe concederse, previa fianza.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión de incidente de suspensión 3535/39. Antonio Anastasia. 10 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.