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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2526
SOCIEDADES ANONIMAS, SUSPENSION EN CASO DE REGISTRAR SUS ACCIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2526
No procede conceder la suspensión contra la solicitud hecha por la Secretaría de Relaciones, para que una sociedad anónima extranjera exhiba sus acciones, si se trata de comprobar si ha cumplido, o no, con una disposición de orden público, pues si se concediera la suspensión, se aplazaría esa comprobación, es decir, se impediría a la autoridad investigar, desde luego, si tal sociedad ha contravenido, o no, una disposición de orden público.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 32/39. Compañía Ganadera y Textil de Cedros, S. A. 12 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.