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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2556
ELECTRICIDAD, AMPARO CONTRA LA LEY SOBRE CONSUMO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2556
No es exacto que la ley sobre consumo de energía eléctrica traiga en si un principio de ejecución, por lo que no puede decirse que se le haya aplicado a una persona, sino cuando esta se presentó a efectuar el pago del consumo que había hecho; por tanto, la misma no estaba obligada a promover amparo contra la ley misma, sino contra su aplicación, por lo que no puede considerarse que esta es improcedente, por tratarse de actos consentidos tácitamente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3566/39. Sociedad Cooperativa de Talleres Familiares de Molinos Para Nixtamal. 14 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.