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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2564
INSPECTORES EN LOS CABARETS, SUSPENSION EN CASO DE NOMBRAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2564
No procede conceder la suspensión contra el simple nombramiento de inspector en un cabaret, pues es de interés general que los establecimientos de esa índole, estén sujetos a la inspección de la autoridad, para evitar los numerosos perjuicios que la propia naturaleza de dichos establecimientos haría nacer, si no estuvieran sujetos a una constante vigilancia.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 293/38. Alonso Orejas María. 14 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.