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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2725
COOPERACION, IMPUESTO POR, A EMPRESAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2725
Comprobado que un inmueble se encuentra en la zona residencial de una ciudad, y que no presta servicio alguno, por estar desocupado, es indudable que el mismo no puede constituir parte integrante de las vías generales de comunicación, aunque pertenezca a una empresa regida por esta ley, razón por la que dicha empresa debe pagar el derecho de pavimentación que le corresponda, con respecto a tal inmueble.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1951/39. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.