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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330046
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2724
ARTICULO 31 CONSTITUCIONAL, VIOLACION AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2724
La fracción IV del artículo 31 constitucional no constituye una garantía individual y su violación no puede dar margen a la concesión del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1951/39. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.