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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3017
EXPROPIACION, PRUEBA DE LA PROPIEDAD EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3017
Las leyes sobre expropiación no afectan a los poseedores, sino a los propietarios de los bienes que, por causa de utilidad pública, dejaran de ser dueños de la propiedad privada que se afecte, y dado el concepto fundamental de la expropiación por causa de utilidad pública, en ningún caso de expropiación es forzosa la prueba de la posesión, por lo que demostrada la propiedad no puede ser sobreseido, por falta de perjuicio, el amparo que se pida contra una expropiación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2602/39. Aguilar Pedro. 19 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.