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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330078
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3033
PRUEBAS EN EL AMPARO, OMISION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3033
Si a pesar de que una prueba fue ofrecida y se acepta en el juicio de amparo, el Juez no mandó practicarla, y acto contínuo de la celebración de la audiencia, dictó el fallo, la omisión consistente en no estudiar la prueba dicha, amerita la reposición del procedimiento y que se dicte nueva sentencia, en la que se tome en cuenta aquélla.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3347/39. Fajardo Celia. 19 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.