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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3806
DEPARTAMENTOS JURIDICOS CONSULTIVOS, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3806
Los departamentos jurídicos consultivos carecen de facultades para resolver y decidir los asuntos de la incumbencia de las Secretarías de Estado a que pertenecen; son órganos de consulta que opinan acerca de los asuntos que se someten a su consideración, sin tener capacidad para decidir y resolver sobre ellos. De acuerdo con lo anterior, si se reclama la invalidación del reconocimiento de un título profesional, expedido en el extranjero, y no se señala en la demanda de amparo como autoridad responsable al secretario de educación pública, funcionario a quien corresponda la atribución de revisar estos títulos, sino que sólo se señala al jefe del departamento jurídico y de la revalidación de estudios de la propia secretaría de Estado, el amparo debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3528/39. Martínez Claudio J. 30 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.