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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3954
MUSICA, PERMISO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE APARATOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3954
Es cierto que con la negativa a permitir que en un establecimiento público, funcione un aparato automático de música, se causan al propietario perjuicios de difícil reparación, pero no puede concederse la suspensión contra dicho acto, porque aunque tenga efectos positivos y se llene el requisito mencionado con su otorgamiento se contravendrían disposiciones de orden público, como son las que constituyen el reglamento respectivo; y no puede oponerse a tal negativa, el argumento de que dicho reglamento es contrario a la Constitución, pues ésta es cuestión que corresponde dilucidar en el fondo del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3454/39. Guajardo vicente. 2 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.