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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4405
PATRIMONIO FAMILIAR, EMBARGO DEL (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4405
Aunque es exacto que el patrimonio familiar no es embargable, por adeudos fiscales, no es violatorio de garantías el embargo que se trabe en él, si el inmueble respectivo no ha sido registrado debidamente, como patrimonio familiar, de acuerdo con las disposiciones de la ley relativa del Estado de Tamaulipas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4650/39. Ruiz de Rodríguez Adolfa. 12 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.