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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4841
TRIBUNAL FISCAL, FACULTADES DEL, EN MATERIA DE PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4841
El Tribunal Fiscal de la Federación tiene facultades sobre recepción de pruebas mucho más amplias que las que corresponden a un simple tribunal revisor, y para cumplir con esta misión, y como obligación correlativa implícita de dichas facultades, debe obrar con el más amplio criterio, al recibir las pruebas ofrecidas por las partes, allanando cuantas dificultades se presenten y mostrando su buena voluntad en aprovechar todos los elementos de investigación que estén a su alcance; ahora bien, si para mejor proveer, ordena que se traiga a la vista el expediente en que obran unos documentos mandados compulsar, es evidente que ante todo, debe exigir el cumplimiento de ese acuerdo, pues confiada en él la parte que pidió la compulsa, puede muy bien no insistir en ella resultando a la postre, privada de defensa, si el tribunal no exige aquélla, ya que no se toman en cuenta pruebas ofrecidas por dicha parte, y que la Sala mandó traer a la vista.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3862/39. Caso Romero Josefina. 22 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.