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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330183
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5132
ADEUDOS FISCALES, PROCEDENCIA DEL JUICIO DE OPOSICION CONTRA LAS RESOLUCIONES QUE FIJAN EL MONTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 5132
Si se reclama en amparo la negativa de la autoridad fiscal a formular la liquidación de las contribuciones que adeuda un inmueble, pero se comprueba que el contribuyente conocía ya el monto y liquidación del adeudo fiscal, porque el inmueble fue embargado después de requerirle de pago de una cantidad determinada, debe estimarse que si no se agotó el procedimiento de oposición que estatuye la ley económico coactiva, para combatir la liquidación formulada, se consintió ésta y el causante se conformó jurídicamente con su monto, por lo que procede negar el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2732/39. Castillo Braulio. 28 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.