Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330221
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
330221
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 281

PRUEBAS EN AMPARO, NEGATIVA A RECIBIRLAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 281

Precedentes

Queja en amparo administrativo 716/38. Sánchez Navarro P. 11 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LVIII, página 2608. Amparo 611/38. Quintero Zeferino. 29 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XLIX, página 951. Queja en amparo administrativo 194/36. Martínez viuda de Molles Elena. 11 de agosto de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 330221