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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 386
ALCOHOL, DESTRUCCION DE SELLOS EN LAS FABRICAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 386
Es indudable que si en un aparato para fabricar alcoholes, se han destruido los sellos y aparece que no ha sido usado dicho aparato, la destrucción de los sellos no fue con el propósito de defraudar al fisco, por lo que es improcedente imponer en el caso la multa mayor para tal infracción, ya que se trata únicamente de negligencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7985/38. Estavillo Ramón R. 14 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.