Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330231
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 399
TRIBUNAL FISCAL, FALLOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 399
Los fallos del Tribunal Fiscal son meramente declarativos sobre la procedencia o improcedencia del acto del inferior, pero no se relacionan o tienen conexión con el procedimiento fiscal que aquél sigue, por lo que si se continúa dicho procedimiento, no será en cumplimiento de la ejecutoria que dicte la Sala respectiva, sino como reanudación del iniciado y seguido anteriormente y, por tanto, el amparo contra el fallo del Tribunal Fiscal es improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 344/39. Compañía General de Comercio, S. A. 14 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.