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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 485
MINAS, CADUCIDAD DE CONCESIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 485
La publicación del acuerdo de caducidad, que se haga en la tabla de avisos de una agencia de minería, no puede surtir efectos de notificación para el beneficiario, si dicho aviso está redactado con objeto de poner en conocimiento del público, la caducidad, para los efectos del artículo 8o. de la Ley Minera, y no aparece en forma alguna, que pretenda hacer veces de notificación para el beneficiario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 40/39. López G. José. 18 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Relator: Agustín Gómez Campos.