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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 711
IMPUESTOS, COBRO DE, POR PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 711
Si las funciones de una persona están sujetas a entregar determina suma, en cambio de una completa libertad de acción, en cuanto al aprovechamiento de lo que recaude por impuestos, en virtud del contrato celebrado con el gobierno de un Estado, para hacer dicha recaudación, tales actos sólo puedan ser considerados como consecuencia de una verdadera contratación entre dicho individuo y el Estado respectivo, y por tanto, el impuesto recabado en tal forma, defrauda a la Federación, puesto que no percibe la parte que le corresponde.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 969/39. López viuda de Cristiani Corina. 21 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.