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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1037
TRIBUNAL FISCAL, DEMANDAS ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1037
Si después del apercibimiento de alcanzar una demanda ante el Tribunal Fiscal, y transcurrido el plazo, el interesado no cumple con lo que se le previno en el auto relativo, es de aplicarse al caso el artículo 36 de la Ley de Justicia Fiscal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8853/38. Empresa Hidroeléctrica de Minatitlán. S. C. R. L. 28 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.