Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330284
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1080
EXPROPIACION, INDEMNIZACION EN CASO DE (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1080
Si el Gobierno del Estado fija a unos terrenos expropiados, para los fines de la indemnización, un nuevo valor, en contra de lo ordenado por el artículo 2o. de la Ley de dieciocho de julio de mil novecientos veintinueve, esto es, tomando como base el valor castral, se excede de las facultades que le otorga la citada ley, y por tanto viola en perjuicio del afectado, la garantía de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1316/39. López de Marure Manuela, sucesión de. 29 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.