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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1333
OAXACA, PERSONALIDAD DEL GOBIERNO DE, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1333
Como el secretario del despacho en el Estado de Oaxaca, tiene a su cargo el despacho de los asuntos de la incumbencia del Ejecutivo del Estado y es de su resorte comunicar los acuerdos y órdenes que dicte el gobernador, es indudable que tiene facultades para ocurrir a los juicios de amparo, en representación del gobierno.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 89/39. Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca. 11 de mayo de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.