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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330305
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1465
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ACLARACION DE LAS MANIFESTACIONES RELATIVAS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1465
El artículo 123 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, no supone precisamente de manera exclusiva, que el causante haya presentado pruebas insuficientes, sino que puede suceder que los datos ofrecidos no sen suficientes para hacer la calificación y entonces la Junta Calificadora podrá citar a los causantes, a fin de que aclaren, aporten o comprueben los datos necesarios para hacer la calificación; por tanto, no puede suponerse que sólo en el caso de que se hubieren rendido pruebas y de que no sean bastantes, la Junta Calificadora puede solicitar un mejoramiento de prueba.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1134/39. San Luis Mining Company. 6 de junio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.