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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1580
NEGOCIACIONES, ARRENDAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1580
Si un contrato de arrendamiento comprende un inmueble, la maquinaria y el aprovechamiento de las aguas, que son elementos que sin duda forman parte de una negociación, pero sin ser los únicos, pues para integrar ésta faltan, entre otros, la materia prima, el uso del nombre y la marca, el crédito, el avío que es factor esencial a la negociación, no se trata en el caso de un todo orgánico de actividad, elemento que, en último análisis, caracteriza a la negociación y, en tal virtud, dicho arrendamiento no está constituido por una negociación, sino por bienes inmuebles, de acuerdo con el artículo 750, fracciones I y VI, del Código Civil.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1607/39. Carmona viuda de Dubois Elena. 8 de junio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LIX, página 1671. Amparo administrativo en revisión 7842/38. Sánchez viuda de Fuente María. 14 de febrero de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Gómez Campos.