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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1947
EMPLEADOS, CESE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1947
Las leyes no se derogan en el derecho administrativo, porque una autoridad no quiere aplicarlas; por tanto, el fundamento en uso y costumbre anteriores, no puede prevalecer contra leyes expresas que protegen a los empleados en sus puestos, y la conveniencia política de que un Ayuntamiento entrante, pueda organizarse libremente, no es razón suficiente para cesar a los empleados que en el desempeñan sus cargos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 850/39. Medina Domingo y coagraviados. 16 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José M. Truchuelo.