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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2230
SUSPENSION, FALLO DE LA, SIN EL INFORME DE LA AUTORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2230
La irregularidad consistente en que la audiencia en el incidente de suspensión, se celebró prematuramente, no puede causar a la autoridad responsable agravio alguno, en términos que ameriten la revocación del fallo, si de todas maneras no podrá tenerse en cuenta el informe de la responsable, porque ninguno lo rindió.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 620/39. Murillo Aguilera Antonio y coagraviado. 22 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.