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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2265
RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 2265
Si en la ley del acto no hay algún recurso o medio de defensa legal, que sin exigir mayores requisitos que los de la ley consigna para conceder la suspensión definitiva en el amparo, permita obtener ésta, no es improcedente el amparo que contra tal acto se pida.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4497/38. Luna viuda de Videgaray María Refugio y coagraviados. 24 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Fernando López Cárdenas.