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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 9
REGISTRO PUBLICO DEL COMERCIO, PUBLICIDAD DEL, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 9
No porque una inscripción en el Registro Público del Comercio, tenga efectos de publicidad, puede concluirse, válida y legítimamente, que desde esa fecha empieza a correr el término para ejercitar la acción constitucional, en contra del acto registrado que causa perjuicios, porque no implica el conocimiento real del acto, que es la base necesaria que la ley exige para que comience a correr el plazo de quince días, pues fuera del caso de excepción establecido en el amparo contra leyes, rige el principio del conocimiento real y directo del acto o actos que se reclamen.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6534/38. Cooperativa "Comerciantes en Vísceras y Similares". 3 de enero de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.