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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 324
REGISTRO PUBLICO, CARACTER DE LOS JEFES DE SECCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 324
De la Ley Orgánica del Registro Público de la Propiedad, en el Distrito Federal, se desprende que los jefes de secciones no tienen carácter de autoridad, por lo que el amparo contra actos suyos, es improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7307/38. Cejudo Ormachea Noé. 13 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José M. Truchuelo.