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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 505
CALIFICACIONES ESTIMATIVAS, PARA EL PAGO DE IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 505
La facultad para citar a los causantes, a fin de que aclaren, aporten o comprueben los datos que se necesiten para hacer una calificación, cuando se estime que con los datos ministrados por ellos en sus declaraciones no se les puede calificar debidamente, se concede también a la oficina de estudios contables; por lo que si ésta requiere a un causante para que aporte algunos elementos y el requerimiento no es obsequiado, la Junta Calificadora del Impuesto está en lo justo al producir su calificación estimativa, de acuerdo con la facultad que le concede la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7208/38. Compañía Comercial de la Baja California, S. A. 20 de enero de 1939. Unanimidad cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: José M. Truchuelo.