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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 594
OBRAS PARA PROTEGER DE LAS INUNDACIONES, SUSPENSION IMPROCEDENTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 594
Si se reclama en amparo la ejecución del acuerdo del jefe del departamento del Distrito Federal, para que se construya un bordo en terrenos de la parte quejosa, para almacenar los excedentes de las aguas de unos ríos y del informe rendido aparece que el objeto que persigue el acto reclamado, es el de proteger a miles de campesinos de las inundaciones que cada año ponen en peligro sus vidas y sus intereses, y lograr el almacenamiento de los excedentes de aguas que se precipitan de las serranías vecinas, para utilizarlas, después, en beneficio de la población y para controlar las avenidas de los ríos y detener sus contingentes de asolve en bien de la conservación de un lago de servicio público, llamado a desaparecer, si no se procede rápidamente a la construcción de las obras, estas tienden a satisfacer una necesidad colectiva y evitar daños que, de realizarse, perjudicarían a un gran número de campesinos, y la suspensión debe negarse, pues aun cuando pudiera considerarse que el amparo queda sin materia, la obligación de los Jueces de Distrito de procurar que los juicios de amparo no queden sin materia, no puede invocarse, en cuanto a la suspensión se refiere, en los casos en que con la medida se afecten intereses de carácter general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6761/38. Soto J. Concepción y coagraviados. 21 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.