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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 890
IMPUESTOS ILEGALES (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 890
No habiendo sido creado un ingreso por el Ayuntamiento de una ciudad, ni aprobado por la Legislatura del Estado en los términos del artículo 27 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz, no llena los requisitos legales para que pueda ser exigido, y su cobro es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8071/38. Galván Pablo. 28 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar.