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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330514
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1046
AGUAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE DISPOSICION DE, PARA UN EJIDO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1046
Si se reclama en amparo la orden de las autoridades judiciales, para que se disponga de las aguas de un estanque ubicado en la propiedad del quejoso, para dedicarlas a regar tierras que fueron dadas en ejidos; aguas que sirven para regar terrenos del propietario y tierras ejidales, la suspensión debe negarse, puesto que está de por medio el interés de la comunidad beneficiada con la dotación; y de concederse la suspensión, se afectaría aquel interés porque los ejidatarios se verían privados del uso de las aguas, con grave riesgo y pérdida de las cosechas. Por otra parte, no se causa daño o perjuicio de difícil reparación al quejoso, a quien no se impide que haga uso de las aguas y de las obras hidráulicas para el riego de las tierras que le corresponden.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6433/38. Córdova Elías C. 1o. de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLVIII, página 2123, tesis de rubro "AGUAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".