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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330527
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1154
ALCOHOL, POBREZA DE LAS MIELES PARA LA FABRICACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1154
Es indudable que si la pobreza alcohólica de las mieles incristalizables, impidieron a un fabricante elaborar la producción fijada, la deficiencia de la materia prima para la elaboración, no era remediable a su voluntad, y no puede estimarse, en ausencia de datos que demuestren lo contrario, que esta pobreza es obra del fabricante, pues no es concebible que un productor deteriore la materia prima destinada a la elaboración de los productos que fábrica, únicamente con el objeto de evadir un impuesto, pues no es lógico que para hacerlo se procure mayores perjuicios que el pago del mismo, y por tanto, el caso dicho queda comprendido en la excepción del artículo 14 de la Ley de Alcoholes y Mieles Incristalizables.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6401/38 . "Haas Hermanos y Compañía". 2 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: Agustín Gómez Campos.