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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330554
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1598
AGUAS, SERVICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1598
La ley solamente autoriza a cobrar las cuotas que fija por el servicio de aguas, pero no aumentarlas arbitrariamente, ni a suspender el servicio por adeudos del tributo, por lo que debe concederse en el amparo que se pide contra la suspensión de dicho servicio, por falta de pago de cuotas, ya que estas pueden ser obtenidas por la autoridad, mediante los procedimientos que fija la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7611/38. Marín Velasco Crisóforo. 11 de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator Alonso Aznar.