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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1831
EXTRANJEROS, DESCONOCIMIENTO DE SU CARACTER DE INMIGRADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1831
Si un extranjero no reunía la condición, del tiempo de residencia exigida por la Ley de Población cuando adquirió su calidad de inmigrado, su residencia tiene el vicio fundamental de contrariar la ley, que es de interés público, y el desconocimiento de la concesión indebida no viola en su perjuicio las garantías individuales, pues aquélla no pudo engendrar derechos en su favor ni producir consecuencias jurídicas sino sólo una aparente situación, cuya destrucción no implica lo que en términos técnicos se denomina la privación de un derecho; además de que el interés general exige la ineficacia de ese acto irregular, porque el cumplimiento que los requisitos que la Ley de Población establece, es una garantía de orden social.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7952/38. Broderzón Icek Nysek. 16 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.