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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1868
NACIONALIZACION, COMPRAVENTA DE INMUEBLES OBJETO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1868
Si una finca estaba poseída por interpósita persona del clero y si satisfacía la condición de actualidad, paso desde luego al dominio de la nación, y el fenómeno se operó en el acto mismo de entrar en vigor la Constitución, sólo por virtud de sus mandatos, sin necesidad de que se efectuasen trámites posteriores; ahora bien, si años más tarde se pacta la compraventa de dicho inmueble que ya formaba parte de los bienes de la nación, en favor de un tercero, esta circunstancia importa la inexistencia del contrato, tanto porque el que se ostentaba como dueño del bien, carecía de todo derecho para disponer del mismo, como porque así lo determinan diversas disposiciones de las leyes reglamentarias del siglo pasado, cuya obligatoriedad subsiste en esos puntos, no revocados ni por la Constitución vigente ni por los actos legislativos posteriores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6924/38. Mercado María Guadalupe. 17 de febrero de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y Jesús Garza Cabello. Relator: José M. Truchuelo.