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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1962
INMUEBLES, EFECTOS DEL AMPARO QUE ORDENA DEVOLVERLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1962
Si antes del auto que motivó el amparo contra el desposeimiento de un inmueble, el quejoso gozaba de todos los derechos inherentes a la propiedad, inclusive el de percibir los frutos civiles, la ejecutoria de amparo no se cumple con la sola devolución de la finca, sino que es necesario reintegrar al agraviado las rentas o productos, en caso de que la autoridad realmente las hubiere percibido; pero si tal hecho no está probado, con la sola devolución del inmueble queda cumplida dicha ejecutoria.
Precedentes
Queja en materia administrativa 724/38. Cerón Ezequiel. 20 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.